La reforma del Código Penal, una de las apuestas más firmes del Gobierno en su cruzada para recortar derechos y libertades, pasó esta semana su primer filtro parlamentario, aunque aún deberá transitar un largo trámite en el que, como en otros casos, no confiamos en que el Gobierno abra un diálogo con el resto de los partidos.

Pese al rechazo unánime de todos los grupos parlamentarios, a excepción del Partido Popular, no esperamos que el ministro de Justicia actúe con prudencia y sensatez y dé un giro a una reforma que el Gobierno se ha negado a afrontar con un diálogo previo y con la intención de alcanzar el máximo consenso. Y es que su objetivo es otro. Su intención es solapar deliberadamente problemas más graves con reformas que suscitan por su naturaleza un intenso debate social, político y mediático.

Con esta reforma del Código Penal nos encontramos con un documento insuficiente que compatibiliza penas excesivas con sanciones insignificantes y que se sitúa muy lejos de las recomendaciones de organismos como el Consejo de Estado, el Consejo General del Poder Judicial y el Consejo Fiscal.

No hemos aprendido la lección, y la premura se vuelve a imponer a la cordura. La experiencia que hemos vivido en España nos demuestra que una reforma del Código Penal no es una cuestión baladí. No se trata de un atajo para reducir delitos que podrían evitarse con una política preventiva y educativa, ni tampoco debe ser una herramienta política a la que aferrarse para imponer un sello político. Se trata de una cuestión seria que exige responsabilidad, sensatez y tener la capacidad y la prudencia de afrontar un debate despojado de visiones sesgadas y alarmistas.

La reforma se ha hecho de espaldas a la sociedad, a los operadores vinculados con el ámbito judicial y penitenciario y sin oír a las organizaciones representativas de la sociedad civil o a aquellas que defienden los derechos humanos y que trabajan directamente con casos a los que el Gobierno deja relativamente desprotegidos en esta reforma.

Los nacionalistas canarios creemos que es una vuelta atrás en la lucha contra la violencia de género. Se suprime el agravante de maltrato habitual en presencia de menores, lo cual es incomprensible. Se suprime lo que ahora se llama falta de vejación injusta. Y como señala un informe elaborado por nuestra Secretaria de Igualdad, Aurora Moreno, no podemos volver a la multa en los casos de violencia de género, y mucho menos sustituir otras penas por multas.

Es inadmisible la banalización que refleja la reforma en el delito de violencia de género en los supuestos en los que se cause menoscabo psíquico o una lesión de menor gravedad, así como en aquellos casos de acoso o en las conductas consistentes en obligar a menores de dieciséis años a participar en un comportamiento de naturaleza sexual; como insuficientes son también las penas contempladas para los delitos relativos a la prostitución, la explotación sexual o la corrupción de menores.

Tampoco adquiere una dimensión criminal adecuada el tratamiento de aquellos que fomentan o incitan al odio, a la hostilidad o a la violencia contra un grupo o una persona por motivos racistas, ideológicos, religiosos, de orientación sexual, etcétera. Por el contrario, penalizan el acogimiento de inmigrantes. También chirría y duele a organizaciones profesionales y de familiares de enfermos mentales con las que me he reunido que se siga estigmatizando a las personas con trastornos mentales graves, prejuicios que son rotundamente falsos y que no han sido reconocidos por la OMS ni por ninguna sociedad científica.

Y por último, los delitos de corrupción política no son objeto de una regulación innovadora ni en relación a los injustos penales que constituyen ni a la gravedad de las penas que requieren en función, entre otras razones, de la alarma social que provocan.

A pesar de la introducción de nuevos fenómenos criminales en el ámbito de la indemnidad sexual, la propiedad de algunas de sus manifestaciones difusas, los delitos informáticos, los delitos contra el honor y la intimidad, el espionaje (aunque nada se dice del que realiza los Estados o Gobiernos) o el acoso, no aceptamos una norma cuyo ajuste a los principios generales, derechos y libertades fundamentales configurados por los Convenios o Tratados de Derechos Humanos suscritos por el Estado español y el propio sistema de derechos y libertades de la propia Constitución resulta discutible.

En definitiva, el Gobierno asegura que su objetivo con esta reforma es fortalecer la confianza en la Administración de Justicia, pero a nuestro juicio ha decidido utilizar para ello la puerta menos adecuada, no solo por haber optado por el atajo que le permite su mayoría absoluta y que le ahorra tener que afrontar un proceso de diálogo, sino porque es consciente de antemano de que el endurecimiento de la ley no traerá mayor seguridad, endurecimiento que no se visualiza en aquellos casos que sí requieren castigos disuasorios mucho más firmes.

 

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